La mayoría de los beneficios públicos NO afectan el estatus migratorio de una persona.

Los siguientes beneficios NO SE CONSIDERAN en una prueba de carga pública:

  • Programas de asistencia de nutrición y vivienda incluyendo SNAP, WIC, Alimentos escolares, Sección 8, y Vivienda Pública;

  • Pagos en efectivo para un propósito específico como asistencia con la energía en casa o cuidado de niños;

  • Alivio de emergencia por desastre, incluyendo asistencia de la pandemia y COVD-19, tales como pruebas, tratamiento, vacunas, cheques de pago de impacto económico (cheques de estímulo), asistencia financiera de única vez, y programas de comida como P-EBT;

  • Servicios basados en la comunidad como bancos de comida y albergues;

  • Medicaid y otros programas de cuidado de salud son solamente considerados si pagan por cuidado a largo plazo, como un asilo de ancianos;

  • Beneficios “ganados” como Seguro Social, jubilación, beneficios de veteranos.

Los siguientes beneficios SON CONSIDERADOS en una prueba de carga pública:*

  • Asistencia en efectivo que es intencionado para pagar gastas corrientes de vivir, como SSI o TANF; y

  • Cuidado institucional de largo plazo pagado por Medicaid u otro programa gubernamental.**

*La mayoría de los inmigrantes que se enfrentan a una prueba de Carga Publica no son elegibles para los beneficios que son considerados para esta prueba. Para más información, hablen con un/a abogado/a de ayuda legal. ¿Necesitan ayuda? ¡Encuentren recursos de Asistencia de Inmigración y Ayuda Legal aquí!

**Si han usado estos programas específicos en el pasado, aún tienen la oportunidad de demostrar que no son probables de convertirse en carga pública en el futuro. Los oficiales de inmigración deben ver todas sus circunstancias cuando repasan su solicitud de tarjeta verde o visa.

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